sábado, 5 de noviembre de 2011

VOTO POR CORREO

ACUDIR A LA OFICINA DE CORREOS

Lo primero es acudir a cualquier oficina de Correos para solicitar un certificado de inscripción en el Censo Electoral. Allí confirmarán nuestra identidad mediante el DNI. También podrá acreditarse con el pasaporte o el carné de conducir, aunque estén caducados. Por el contrario, no es posible utilizar el resguardo acreditativo de la renovación del DNI, ya que carece de fotografía. En todo caso, deben ser documentos originales, y no fotocopias.

El plazo para presentar esta solicitud empieza el mismo día de la convocatoria de las elecciones y termina el décimo día antes de la jornada electoral, en este caso el 10 de noviembre.

Los servicios de Correos deben remitir en el plazo de tres días toda la documentación presentada a la Oficina del Censo Electoral correspondiente.

Recibida la solicitud, la Delegación de la Oficina Electoral Central comprobará que el elector está inscrito en el Censo, anotará que ha solicitado el voto por correo (para que el día de las elecciones no vote personalmente) y extenderá el certificado solicitado.

RECIBIRÁS LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS

Antes del sexto día anterior a la votación, la Oficina del Censo remite por correo certificado y al domicilio indicado por el elector (o, en su defecto, al que figure en el censo), la siguiente documentación:

-Las papeletas al Congreso y al Senado y sus sobres electorales

- El certificado de inscripción en el Censo

- Un sobre en el que figura la dirección de la Mesa donde le corresponda votar

- Hoja explicativa del proceso a seguir.

En ningún caso la dirección elegida por el elector puede encontrarse fuera del territorio nacional, ya que la documentación electoral debe ser entregada personalmente al elector por el personal de Correos, no admitiéndose el voto por delegación, excepto para enfermos y discapacitados.

RECEPCIÓN DE PAPELETAS

El recibo acreditativo de haber recibido la documentación arriba señalada debe ser firmado personalmente por el elector, no siendo posible que el certificado sea recogido por cualquier persona que se encuentre en el domicilio.

Si el elector no se encontrara allí, se le dejará aviso para que pase a recogerlo en la oficina de Correos correspondiente.

VOTACIÓN

Una vez hayas recibido la documentación, elige la papeleta de la candidatura de las Elecciones al Congreso de los Diputados por la que has decidido votar en introdúcela en el sobre de la votación. Haz lo mismo con la papeleta del Senado, sin olvidar marcar con una cruz el o los candidatos de tu elección. Ten en cuenta que la papeleta puede ir impresa por las dos caras y asegúrate de comprobar que marcas el número de candidatos que se eligen por tu circunscripción.

Si lo prefieres, puedes depositar solo la papeleta al Congreso o al Senado. No será válida la votación si introduce en el sobre algún documento que te identifique.

Estos sobres cerrados, junto con la certificación de estar inscrito en el censo, debe ser introducido en el sobre en el que está escrita la dirección de tu Mesa electoral, y enviado, por correo certificado, antes del tercer día anterior al de las elecciones (el voto emitido por correo ordinario, no certificado, es nulo).

Lleva ese sobre a Correos y envíalo por correo certificado hasta el día 16 de noviembre. El envío es gratuito.

No es necesario que sea el elector, personalmente, quien realice este envío certificado, puede hacerlo cualquier persona en su nombre.

El plazo máximo para votar es antes del tercer día anterior al de las elecciones, para que el servicio de Correos pueda entregar a tiempo los certificados.

¿CUÁNDO LLEGAN LOS VOTOS A LA MESA ELECTORAL?

A las nueve de la mañana del domingo 20 de noviembre, Correos llevará a cada una de las Mesas electorales los votos. Igualmente, a lo largo del día, seguirá dando traslado de la correspondencia que pueda recibirse, hasta las veinte horas. Los recibidos después de esa hora se remitirán a la Junta Electoral de Zona.

Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales


FUENTE: HOY.ES

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